REQUISITOS PARA EL REGISTRO  DE NACIMIENTO

DE HIJOS DE MEXICANOS NACIDOS EN EL EXTRANJERO

El Registro Civil Mexicano, permite que se registren en el

Consulado a las personas nacidas fuera de México. Hijos de

padres mexicanos, padre mexicano o madre mexicana.

 

 

(Recuerde que cada caso es diferente, podría necesitar más

documentos el día de su primera cita.)

El registro se efectuará en tres etapas

1.  Primera Etapa

Revisión de documentos: Solamente una persona deberá presentar la documentación que enseguida se describe

y llenar la solicitud, a fin de determinar si se reúnen los requisitos para realizar el registro que se reliza en la segunda etapa

1. Acta (s) de nacimiento original (long form)* reciente y en buen estado de los Estados Unidos expedida. de todos los hijo (s) que vas a registrar.

 

Los nombres de los padres de la persona a registrar deberán ser idénticos en su acta de nacimiento a los de las actas de nacimiento de los padres, de lo contrario se deben corregir ante el Register Officer/County Clerk (Vital Records Office) del Condado en el que nació la persona a registrar.

 

Si necesita obtener su Acta de Nacimiento o si necesitas corregir las Actas de tus hijos.

Infórmate en su oficina Vital Records más cercana a usted.

 

*certificado de nacimiento de (long form) formato largo es una copia del certificado de nacimiento real registrado en la localidad donde tuvo lugar el nacimiento.

2. Presentar original (para cada persona que se va a registrar)

del comprobante de nacionalidad de los padres que sean mexicanos,

cualquiera que ésta sea, así como sus identificaciones oficiales

 

3. Se aceptan como comprobante de nacionalidad mexicana cualquiera

de los 4 documentos siguientes, 

cabe mencionar que 

es obligatorio presentar el Acta de Nacimiento mexicana del padre o madre mexicano(s):

Nota: Utilicé solamente los documentos en color azul.

-Acta de Nacimiento

-Pasaporte mexicano vigente 

-Declaratoria de Nacionalidad Mexicana

-Carta de Naturalización Mexicana

-Matrícula consular de alta seguridad, expedida después del 12 de enero de 2005

4. Identificación oficial VIGENTE con fotografía y firma de cada uno de los padres

(si la madre tiene el apellido de casada, presentar acta de matrimonio)

Los nombres de los padres de la persona a registrar deberán ser idénticos 

en su acta de nacimientoa los de las actas de matrimonio y de la vigente

 identificaciónde los padres,de lo contrario se deben corregir

Para corregir Actas de matrimonio debe precéntate a la officina

Register Officer/County Clerk  (Vital Records Office)  del Condado en el que se obtuvo su acta

Para corregir tu identificacion (o licencia de conducir) oficial vigente precéntate al

Department of Motor Vehicles mas cercano a ti

5. Original y dos copias legibles del acta de matrimonio de los padres

(en caso de que los padres estén casados)

Además de los documentos anteriores. También presenté lo siguiente:

Estos documentos adicionales meayudaron a verificar la identidad de los hijos.

-Pasaporte Americano de el Padre

 

– Identificación de la escuela

2. Segunda Etapa

-Cita para el registro:

Si cumple con los requisitos en la primera etapa,

se le dará una cita a la que acuden a firmar el acta y asentar huellas

 Personas que tienes que sistir: el interesado y los padres

Nota: Ambos padres deben asistir en la Segunda Etapa

Presentando una identificación válida

 

3. Tercera Etapa

Cualquier persona podrá recoger las “Copias Certificadas” de las Actas de Nacimiento presentando

el “Comprobante de Registro” y el recibo de pago

El registro al igual que la primera copia

certificada del acta de nacimiento, son gratuitos.

El costo de las copias adicionales

son $16.00 Dlls.

TRÁMITE DE REGISTRO CIVIL SOLO CON CITA:

ATENCIÓN AL PÚBLICO DE LUNES A VIERNES 

DE 7:00 A 13:00 HORAS

registro civil (doble nacionalidad) y se agendan

a través de MiConsulado,

un sistema de citas, llamando al  1(424) 309-0009

NOTAS ADICIONALES: 

-Si el padre o madre de nacionalidad mexicana fallecieron, se deberá presentar

el acta original de defunción y copia de una identificación oficial del fallecido, aún y cuando no esté vigente.

-Si los padres no se han casado o se casaron después del nacimiento de la persona a registrar,

EL PADRE deberá comparecer PERSONALMENTE O POR MEDIO DE “PODER ESPECIAL” NOTARIAL, 

sin importar si el interesado es menor o mayor de edad.

-Si el padre ya falleció y NO hubo matrimonio de los padres o el matrimonio fue posterior al nacimiento,

el registro NO procede en el Consulado. Deberá consultar al Registro Civil en México.

-Si el padre o madre de nacionalidad mexicana obtuvo la ciudadanía estadounidense por naturalización,

deberá traer el Certificado de Naturalización. Dicho documento le será devuelto inmediatamente.

-Los padres extranjeros comprobarán su nacionalidad con su pasaporte vigente.

 

IMPORTANTE:

Las personas que nacieron en México y nunca fueron registradas, podrán acudir al Consulado Mexicano mas serca 

en horario de atención al público para solicitar información. 

 

Si vives en los Angeles California, comunicarse al teléfono +1(213) 351’6800 ext.2421 o escribir a registrocivillan04@sre.gob.mx